DECRETO QUE SUSPENDE GARANTÍA DE OPORTUNIDAD DE LAS GARANTÍAS EXPLÍCITAS EN SALUD EN LOS PROBLEMAS DE SALUD

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Noticia 14 de Abril de 2020

Estimados socios
Hace unos días se hizo público el decreto que suspende algunas garantías GES, sin embargo se hace mención en relación a muchas de las patologías oncologicas cubiertas.

A continuación se resumen algunos de los artículos y puntos clave de éste:

Artículo 1º . Suspéndase en todo el territorio nacional, la obligatoriedad para el Fondo Nacional de Salud y las Instituciones de Salud Previsional del cumplimiento de la Garantía Explícita de Oportunidad fijada para cada uno de los problemas de salud descritos en el decreto Nº 22, de 2019, del Ministerio de Salud, por el plazo de un mes a contar de esta fecha, prorrogable si se mantuvieran las condiciones que han fundamentado la dictación de este decreto, mediante un nuevo decreto supremo. 

Artículo 2°. Se excluye de la suspensión a que se refiere el artículo precedente: 

a) La entrega de medicamentos, fármacos, drogas que deban dispensarse en la etapa de tratamiento de cualquiera de los problemas de salud garantizados con garantías explícitas, los que deberán entregarse en los plazos establecidos en el decreto Nº 22, de 2019, del Ministerio de Salud. 

b) Las atenciones destinadas exclusivamente al diagnóstico y/o confirmación diagnóstica de las siguientes patologías: 
cáncer cervicouterino; 
cáncer de mama en personas de 15 años y más; 
cáncer en personas menores de 15 años; 
cáncer de testículo en personas de 15 años y más; 
linfomas en personas de 15 años y más; 
cáncer gástrico; hemofilia; 
infarto agudo del miocardio; 
diabetes mellitus tipo I; 
ataque cerebrovascular isquémico en personas de 15 años y más; 
hemorragia subaracnoidea secundaria a ruptura de aneurismas cerebrales; 
leucemia en personas de 15 años y más; 
atención de urgencia del traumatismo cráneo encefálico moderado o grave; 
cáncer colorectal en personas de 15 años y más; 
osteosarcoma en personas de 15 años y más; 
cáncer de pulmón en personas de 15 años y más; y, 
mieloma múltiple en personas de 15 años y más. 

c) Asimismo, se excluyen de la presente suspensión, todas aquellas prestaciones cuya postergación y/o inejecución, de acuerdo a la etapa sanitaria en curso implique un riesgo vital para el paciente, lo que será definido por el médico tratante. 

Corresponderá a la Superintendencia de Salud, en uso de sus atribuciones legales, determinar el procedimiento para que se asegure el otorgamiento de los medicamentos, fármacos, drogas y prestaciones a que se refiere la letra a) de este artículo.

Transcribo para su conocimiento decreto supremo Nº 11, de 30 de marzo de 2020.- 

De acuerdo al presente decreto, se entiende que:

1.- Los pacientes GES (con las patologias oncologicas mencionadas) que ya se encuentre en tratamiento, éste no se puede suspender.

2.- Las fases diagnósticas y/o de las patologías señaladas en el item b) siguen su curso.

3.- Segun punto c) se excluyen de estas suspensiones de garantias GES, aquellas prestaciones cuya postergación y/o inejecución, de acuerdo a la etapa sanitaria en curso implique un riesgo vital para el paciente, lo que será definido por el médico tratante.

El presente decreto y en concordancia con algunos de los documentos ya emitidos por SCOM, determinan que las fases diagnosticas deben continuar, asi como los tratamientos ya iniciados y se debe considerar que los pacientes nuevos con las patologia GES nombradas se debe dar inicio de tratamiento al mayor numero de ellos, considerando que los tratamientos de adyuvancias y neoadyuvancias deben continuar su curso lo más normal posible y pauteados según las guias nacionales, y los tratamientos quimioterapeuticos paliativos deberian ser evaluados caso a caso, por el comité oncologico local, considerando la realidad local del momento que se este desarrollando la pandemia Covid-19.

Cada equipo oncológico local debe evaluar los riesgos y beneficios del tratamiento en el contexto epidemiologico local de la pandemia y la capacidad de dicho centro de entregar el tratamiento, buscando todas las alternativas posibles para permitir el ingreso y la continuidad del tratamiento de los pacientes.

Atentamente

Directorio SCOM

VER DECRETO AQUI

 

Estimados socios
Hace unos días se hizo público el decreto que suspende algunas garantías GES, sin embargo se hace mención en relación a muchas de las patologías oncologicas cubiertas.

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